Desde el 1 de mayo: el BOC confirma el cambio en el impuesto del combustible con devoluciones basadas en consumo real

La medida, publicada en el Boletín Oficial de Canarias, elimina el sistema de módulos y establece un control basado en los litros consumidos por transportistas y agricultores.

El Gobierno de Canarias ha aprobado un cambio relevante en la gestión del Impuesto Especial sobre combustibles derivados del petróleo que modifica de forma sustancial el sistema de devoluciones vigente hasta ahora. La medida ha sido publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y establece un modelo basado en el consumo real, en sustitución del anterior sistema de módulos.

La nueva regulación se recoge en el BOC número 83, de 30 de abril de 2026, bajo la disposición número 1397, correspondiente a la Orden de 23 de abril de 2026 de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.

La norma fija la entrada en vigor de la devolución parcial del impuesto en función del consumo real de gasolina y gasóleo profesional, un cambio que, según el Ejecutivo autonómico, busca mejorar la precisión del sistema y reforzar el control sobre las ayudas fiscales.

Del sistema estimado al consumo real

Hasta la aprobación de esta orden, la devolución del impuesto se calculaba en muchos casos mediante módulos o estimaciones, lo que podía generar desviaciones respecto al consumo efectivo.

Con el nuevo modelo, la base de cálculo pasa a ser el volumen real de combustible utilizado en la actividad profesional.

El sistema abandona definitivamente el cálculo estimado y se apoya en datos verificables de suministro, tanto en estaciones de servicio como en instalaciones propias, que deberán ser comunicados a la Agencia Tributaria Canaria.

Este cambio introduce un mayor nivel de control administrativo y vincula de forma directa la cuantía de la devolución al consumo real acreditado.

Nuevas obligaciones para los beneficiarios

La orden también incorpora requisitos adicionales para acceder al sistema de devolución. Entre ellos, destaca la obligación de presentar una declaración específica:

El modelo 435, que permitirá a la administración gestionar y verificar los datos de consumo.

Asimismo, se establece la remisión periódica de la información relativa a los suministros, lo que refuerza el seguimiento del uso del combustible en las actividades beneficiarias.

Calendario de aplicación

La norma entró en vigor el mismo día de su publicación en el BOC, el 30 de abril de 2026, si bien sus efectos económicos se aplican desde el 1 de mayo de 2026.

Para el ejercicio en curso, se ha fijado un periodo excepcional de aplicación:

la devolución se calculará sobre el consumo realizado entre el 1 de mayo y el 31 de diciembre de 2026.

A partir de ejercicios posteriores, el sistema se aplicará de forma completa durante todo el año natural.

Devolución cercana al cien por cien

El nuevo modelo se acompaña de un incremento en los porcentajes de devolución del impuesto, que pueden alcanzar niveles muy elevados en determinados supuestos.

La devolución puede situarse hasta en el 99,99 por ciento del impuesto sobre combustibles profesionales, en línea con las medidas adoptadas por el Gobierno de Canarias para mitigar el impacto del encarecimiento energético.

Sectores afectados

La medida está dirigida exclusivamente a actividades profesionales con un consumo intensivo de combustible, principalmente:

  • el transporte por carretera
  • el sector agrícola y ganadero

El Ejecutivo autonómico justifica esta orientación en la necesidad de proteger sectores estratégicos especialmente expuestos a la volatilidad de los precios energéticos.

Alcance limitado de la medida

Pese a su impacto, la reforma no tiene carácter general.

  • No se trata de una devolución aplicable al conjunto de los consumidores, ni implica una reducción directa del precio del combustible en surtidor.
  • El acceso al sistema queda restringido a profesionales que cumplan los requisitos establecidos y acrediten el consumo real en el marco de su actividad económica.

Un cambio estructural en la política fiscal del combustible

La Orden de 23 de abril de 2026 introduce un modelo más preciso y controlado, alineado con el consumo efectivo y con mayores exigencias administrativas.

La eliminación del sistema de módulos y su sustitución por un sistema basado en datos reales supone un cambio estructural en la gestión del impuesto sobre combustibles en Canarias, con impacto directo en el transporte y el sector primario del archipiélago.